miércoles, 10 de abril de 2013

Alcàsser. Declaraciones y horarios.




Uno de los mitos del caso Alcàsser es que Hervás fue el último en enterarse, el último en declarar, etc. Pues ni una cosa, ni la otra. Eso sí, debió ser el único vecino de Alcàsser que dice que no advirtió rápidamente lo que había pasado y la tremenda conmoción que se montó en el pueblo, ya que, según declaró en el juicio su entonces prometida María Luz, Hervás se enteró el domingo, por la prensa (como los políticos). María Luz lo llamó el lunes y éste le comentó que "creía que había visto a las niñas que llevamos". El lunes, María Luz lo llevó al instituto. Se supone que es entonces cuando Hervás le muestra el periódico y entonces ella dice "sí, son las chicas que llevamos". ¿Qué pasa aquí? Era Hervás el que conocía a las niñas y a la familia de Miriam ¿Y es la novia la que le tiene que confirmar que eran Miriam, Toñi y Desirée? En un pueblo de 7.000 habitantes no se puede guardar un secreto, mucho menos aún cuándo los hechos ocasionan un revuelo tan gigantesco como el que se organizó en Alcàsser aquél fin de semana. Pero Hervás se entera de lo que ha pasado por la prensa... y todavía le tienen que confirmar que eran ellas. ¿No se sabía los nombres de las niñas, cuando conocía a la familia de Miriam? ¿Tampoco las reconoció por las fotos? No tiene ni pies ni cabeza.

Si Hervás se enteró el domingo día quince y se lo "confirmaron" el lunes dieciséis, ¿por qué fueron a declarar el diecinueve?

Aún así, en modo alguno fueron los últimos en declarar. Veamos los horarios (recordemos que las niñas desaparecen el viernes, 13 de noviembre de 1992):


Fecha
Hora
Día
Testigo
1992.11.14
09:40
Sábado
Fernando García Mediano.
1992.11.14
¿?:¿?
Sábado
Rosa Antonia Folch Romaguera.
1992.11.14
¿?:¿?
Sábado
Luisa Rodríguez Requena.
1992.11.15
21:30
Domingo
Oscar Jiménez García. Con dieciséis años, va con su padre, Efrén Manuel Jiménez Sanfrancisco.
1992.11.16
--:--
Lunes
NADIE.
1992.11.17
--:--
Martes
NADIE.
1992.11.18
17:50
Miércoles
Sandra Leal Galán. Con quince años, va con su madre, Josefina Galán Manzano.
1992.11.19
12:50
Jueves
Francisco José Hervás Martínez.
1992.11.19
13:10
Jueves
María Luz López García.
1992-11.20
19:02
Viernes
José Antonio Cano Llacer. Con dieciséis años, va solo.
1992.11.20
19:30
Viernes
Francisco Antonio Soria Chaveli. Con diecisiete años, va con su padre, José Soria Romaguera.
1992.11.20
20:30
Viernes
Esther Díez Martínez. Con catorce años, va sola.
1992.11.21
20:15
Sábado
Dolores Badal Soria.



El testimonio de Hervás me sigue mereciendo el mismo crédito. Cero. Pero los hechos son los hechos.

De todas formas, con la preocupación que había en el pueblo, es muy extraño que el mismo lunes día 16 no hubiera una avalancha de vecinos para ir a declarar. Aunque tuvieran que desplazarse al Cuartel de la Guardia Civil de Picassent.

En cuánto a los menores de edad ¿quiénes van solos y quiénes acompañados y por qué algunos van solos? ¿Menores de edad firmando declaraciones sumariales ante la guardia civil?


MINISTERIO DEL INTERIOR - SECRETARIA DE ESTADO DE SEGURIDAD
INSTRUCCIÓN N° 11/2007, DE 12 DE SEPTIEMBRE, DE LA SECRETARIA DE ESTADO DE SEGURIDAD, POR LA QUE SE APRUEBA EL “PROTOCOLO DE ACTUACION POLICIAL CON MENORES”

5 ATENCIÓN AL MENOR VÍCTIMA Y TESTIGO

5.1. Tratamiento policial del menor víctima o testigo

5.1.1. Cuando la víctima o el testigo de una infracción penal sea menor de edad el tratamiento se adecuará en función de la edad y circunstancias personales, así como a la naturaleza de los hechos que originan la intervención, procurando que reciban de inmediato los cuidados, protección, y asistencia social, psicológica, médica y física que requieran.

5.1.2. Deberá notificarse inmediatamente el hecho ocurrido y el lugar donde se encuentra a los padres, tutores o guardadores del menor, salvo que las circunstancias aconsejen lo contrario.

5.1.3. En cuanto a la toma de declaración de un menor que ha sido víctima o testigo de un hecho criminal, se tendrá en cuenta lo siguiente:

a) El menor no podrá ser obligado a declarar. Si no desea declarar se hará constar en las diligencias.
b) Cuando voluntariamente accediera a declarar lo hará en presencia de sus padres, tutores o guardadores, salvo que las circunstancias aconsejen lo contrario, en cuyo caso se comunicará al Fiscal competente para que disponga lo conveniente.

5.1.4. Se observarán las mismas prevenciones recogidas en este Protocolo para la estancia en dependencias oficiales y traslado de los menores infractores, evitando, en la medida de lo posible, la confrontación visual de víctimas o testigos menores con el inculpado, especialmente cuando se trate de delitos violentos, de carácter sexual o en casos de acoso escolar.

5.1.5. Cuando se realicen o tramiten atestados en los que existan indicios de malos tratos o abusos a menores, se remitirá con carácter de urgencia una copia a la Fiscalía, indicándole de forma clara y específica que en el Atestado figura un menor como posible víctima de malos tratos o abusos.




De acuerdo que las declaraciones de menores a las que se hace referencia fueron en 1992, y esta Instrucción es del año 2007. Pero creo que es un indicio claro de que la declaración de un menor sin la presencia de sus padres o tutores parece irregular.

5 comentarios:

Anónimo dijo...

Artículo 433

Al presentarse a declarar, los testigos entregarán al secretario la copia de la cédula de citación.

Los testigos mayores de edad penal prestarán juramento o promesa de decir todo lo que supieren respecto a lo que les fuere preguntado, estando el juez obligado a informarles, en un lenguaje claro y comprensible, de la obligación que tienen de ser veraces y de la posibilidad de incurrir en un delito de falso testimonio en causa criminal.

Toda declaración de un menor podrá realizarse ante expertos y siempre en presencia del Ministerio Fiscal. Quienes ejerzan la patria potestad, tutela o guarda del menor podrán estar presentes, salvo que sean imputados o el juez, excepcionalmente y de forma motivada, acuerde lo contrario. El juez podrá acordar la grabación de la declaración.



¿Podria ser esto aplicable?

Pepeldelpopulacho.

Nozick dijo...

El artículo 433 de la Lecrim... sí, podría ser aplicable perfectamente. ¿Por qué no consta que Esther Díez Martínez y José Antonio Cano Llacer fueran acompañados por sus padres o representantes legales?

Dos menores sin ayuda son mucho más vulnerables a las presiones policiales.

Pablo dijo...

El nombre de Efren Manuel Jiménez San Francisco me ha llegado al alma, principalmente por lo de Efren.

Anónimo dijo...

En este caso, el artículo 433 de la lecrim se aplicaría una vez iniciado el sumario, todas estas son diligencias policiales previas al sumario, ya que por aquel entonces lo que investigaba era la desaparición de las chicas y no el crimen que tiempo después se descubriría. La verdad es que desconozco la legislación aplicable entonces pero lo normal es lo que comentáis,que al menos un adulto acompañará al menor en la declaración. En cualquier caso no me resulta sospechoso el hecho de que acudieran o no acompañados, es verdad que en se cometieron muchos errores, y son comprensibles ciertas sospechas, pero en este hecho concreto no lo veo así.

Anónimo dijo...

Uy qué raro todo. La primera declaración a la GC es del dia 15 (!) pero es que Oscar, compañero de clase de Miriam, en un foro de internet años después contó que jamás fue al cuartel sino que dialogó con los agentes mientras realizaban todos la búsqueda y nunca firmó un papel. Osea, dia 15, dia 16 y dia 17 (!) no hubo declaraciones en el cuartel. La siguiente declaración supuestamente fue el dia 18 de una tal Sandra que también supuestamente dijo ser "como de la familia" de Toñi pero que Toñi ni la tenía apuntada al decirle al locutor de radio todas sus dedicatorias del tirón con el objetivo de no olvidarse de ninguna amiga. Y luego a partir del dia 19 ya sí empezaron a desfilar en fila india primero los de la gasolinera y el autostop sacandolas de Alcasser sobre las 8, luego el de la moto a las 8 y pico, luego el del certificado de escolaridad (los viernes x la tarde siempre tiene deberes y ese dia a falta de examen tocaba ir al cuartel) y la señora a la que se la prendió una luz y distinguió un coche blanco. Y como había que rellenar aquella tarde de las 3 pobres niñas finaliza la fila india su amiga Esther con la que según Sandra "se guardan las distancias". Para remate tanto Rosalía MARTINEZ como Leandro MARTINEZ a pesar de tener algo que aportar también y tan bien guardaron las distancias con el cuartel que ni aparecen y eso que ambos vieron a las chicas aquella tarde. Muy raro todo.